Reducción de jornada por cuidado de hijos: cómo se solicita y qué pasa con tu sueldo
El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores reconoce a cualquier trabajador con un menor de 12 años a su cargo el derecho a reducir su jornada entre un octavo y la mitad, con la correspondiente disminución proporcional del salario. El derecho es individual, no se negocia: la empresa no puede denegarlo, aunque puede proponer un horario distinto al solicitado.
La reducción de jornada por guarda legal es uno de los derechos de conciliación mejor protegidos por la ley. Es individual, no se pierde por cambio de empresa dentro de la misma relación laboral, y cuenta con un preaviso de 15 días. Lo que mucha gente no sabe es que la cotización a la Seguridad Social se mantiene al 100 % durante los primeros 24 meses: tu futura pensión no se resiente.
Cuánto se puede reducir y cuánto se cobra
| Reducción | Horas (sobre 40 h) | Sueldo |
|---|---|---|
| 1/8 (12,5 %) | 35 h/semana | 87,5 % del salario |
| 1/4 (25 %) | 30 h/semana | 75 % del salario |
| 1/3 (33 %) | 26,7 h/semana | 66,7 % del salario |
| 2/5 (40 %) | 24 h/semana | 60 % del salario |
| 1/2 (50 %) | 20 h/semana | 50 % del salario |
La reducción puede ser diaria (la más habitual, alterando la hora de entrada o salida) o semanal, si el convenio lo permite. No se pueden acumular las horas reducidas para librar días completos, salvo pacto en contrario.
La cotización al 100 %: la gran olvidada
Durante los 24 primeros meses de reducción por cuidado de menor de 12 años, la Seguridad Social aplica una cotización incrementada: la base se calcula como si hubieras mantenido la jornada completa. El efecto es que tu futura pensión, tu prestación por desempleo o tu baja médica se calculan sobre la base completa, no sobre la reducida.
El plazo de 24 meses se alarga a 36 meses (12 meses adicionales) cuando el menor tiene una discapacidad reconocida del 33 % o más. Pasado ese periodo, la cotización vuelve a calcularse sobre el salario real reducido, salvo que el convenio prevea otra cosa.
Cómo se solicita: forma y preaviso
- Decide el porcentaje y el horario. Entre 1/8 y 1/2, con horario concreto propuesto.
- Comunícalo por escrito a la empresa. Con al menos 15 días de antelación, salvo fuerza mayor.
- Guarda copia sellada o burofax. Necesitarás el justificante si la empresa no responde o discute la fecha.
- Si la empresa propone un horario distinto por motivos organizativos, debe acreditarlos. No puede imponer uno más allá de lo razonablemente justificado.
La empresa no puede negar el derecho, aunque sí puede discutir el horario concreto o el porcentaje. Si la discusión no se resuelve, puedes acudir al Juzgado de lo Social. La jurisprudencia es muy protectora con este derecho: cualquier denegación se interpreta a favor de la persona trabajadora.
Volver a la jornada completa: el derecho a revertir
La reducción de jornada es un derecho, no una obligación. El trabajador puede solicitar la reincorporación a la jornada completa en cualquier momento, con un preaviso razonable (habitualmente 15 días, salvo que el convenio fije otro plazo). La empresa debe aceptar esa reincorporación.
- Reducción por edad del menor. Termina automáticamente cuando el menor cumple 12 años.
- Reducción por cuidado de familiar. Termina cuando cesa la necesidad que la justificó.
- Reincorporación anticipada. A solicitud del trabajador, con el preaviso pactado.
- Cambio de porcentaje. Es posible solicitar una ampliación o reducción del porcentaje una vez al año, salvo acuerdo o convenio.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas se reducen por cuidado de hijos?
Entre un octavo (12,5 %) y la mitad (50 %) de la jornada habitual. La ley no permite porcentajes fuera de esa horquilla. Si necesitas más reducción, debes explorar otras figuras como la excedencia por cuidado de hijos.
¿La empresa está obligada a aceptarla?
Sí. El derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años es individual e irrenunciable. La empresa puede proponer un horario distinto al solicitado, pero no denegar la reducción.
¿Cuánto se cobra con la reducción?
El salario se reduce proporcionalmente. Si reduces un 25 %, cobras el 75 % del salario. La base de cotización a la Seguridad Social se mantiene al 100 % durante 24 meses, lo que protege la futura pensión.
¿Y si tengo dos hijos menores de 12 años?
El derecho es por cada hijo, no acumulable. El límite de edad (12 años) se aplica al hijo concreto. Algunos convenios permiten reducciones más amplias en familias numerosas, pero la ley no las prevé.
¿Puedo pedir la reducción si mi hijo tiene 14 años pero está enfermo?
La reducción por guarda legal termina al cumplir los 12 años. Para casos de enfermedad grave o discapacidad existe la reducción del 50 % prevista en el RDL 6/2019, aplicable hasta los 23 años si el menor tiene cáncer u otra enfermedad grave.
Fuentes oficiales
Las cifras de esta página proceden de las normas y organismos que se enlazan a continuación. Última revisión: .
- Estatuto de los Trabajadores, art. 37.6 — BOE
- Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato — BOE
La normativa laboral cambia. Si detectas un dato desactualizado, avísanos y lo corregimos.